C A P Í T U L O XII
LOS BOTUKU O JEFES
Los botuku en sus mejores tiempos para gobernar sus estados tenían un alto cuerpo consultivo que entendía de negocios más graves e importantes. Presidía este consejo el botuku en persona y formaban parte del mismo los principales personajes de la nobleza bubi. El primero de ellos era el Abba o Bojiammo o sea el sacerdote supremo; con el cual evidentemente se demuestra que aún entre los bubis, la religión jamás estuvo separada del estado, antes bien ambas autoridades civil y religiosa iban constantemente a la par, estaban siempre concordes y apoyándose y defendíanse mutuamente.
El segundo era el Botukuoboho, que equivale a decano de la nobleza. Seguía el tercer lugar el Takuboala o Takamaala, que es igual a comandante general del ejército bubi. Ocupaba el cuarto el Koratchoe que venía a ser el Presidente del Tribunal Supremo. Sentábase en el quinto el Buae o Sam, que era como si dijeramos el tesorero universal o ministro de hacienda. Seguíale el Tchoko o botuku, que a letra quiere decir el Ojo del Botuku y que podemos traducir por director de seguridad. Finalmente tenía el postrer asiento el ejecutor de la Justicia, al que distinguían con el expresivo nombre de Looba lo Botuku, que literalmente significa el Cuchillo del Jefe.
Era este cuerpo simplemente consultivo, jamás tuvo voto deliberativo, ni mucho menos decisivo. Es cosa muy notoria que antes de la dominación española ejerciese predominio
o fuerza moral en las costumbres bubis, los botuku superiores dominaban a sus vasallos con imperio absoluto, arbitrario y despótico. Arrogánbanse un dominio independiente, ilimitado y sin restricción alguna sobre las cosas y aun sobre las personas de sus súbditos singularmente los pertenecientes a la categoría de los babala que eran tenidos y tratados poco menos de esclavos, y exigían de los mismos una obediencia, veneración y respeto idolátricos.
La voluntad del botoku era ley suprema que lo regulaba y justificaba todo. El determinaba y señalaba el tiempo de la siembra y recolección del ñame, mas antes, todos los vasallos tenían el deber y la obligación de contribuir con su prestación personal al desbrozo, limpieza y cultivo del campo donde el botuku había de poner su plantación de ñames.
Nadie podía comenzar la plantación antes que el botuku, ni la recolección, ni era lícito a los inferiores probar o comer de los nuevos ñames, sino después que el mismo jefe daba licencia por bando público. El contravenir a esta ley o costumbre se castigaba con rigor imponiendo al contraventor una fuerte multa, como así aconteció tres años que Malabbo, o mochuku ma bachuku b`oritcho, multó a Metchi mutukuari de Balachá y al mochuku de Moeri en Boloko, con cinco cabras a cada uno, como quebrantadores de la ley bubi, por arrancar antes que él, los ñames y haber comido de ellos. Exigían además que la mujer que les servía la comida les sostuviese el plato con ambas manos sentada de cuclillas o puesta de rodillas, sin que le fuera lícito fijar la vista en el jefe mientras comía y para evitar esto, tenía vuelta la cabeza mirando a otro lado. Igual posición o postura debían guardar todos los inferiores cuando hablaba el jefe en público.
Cuando el mochuku apetecía alguna cosas enviaba a su Sam a por ella, y este la podía coger donde le pareciese, sin miramiento al derecho de propiedad privada, ni reconocer en el dueño perjudicado la facultad de resistir, ni aún de protestar por la violación de su derecho natural. Allá por el año 1908 fuí convidado por uno de los principales de Bokoko a un siome o fiesta que celebraba para hacer ostentación de sus riquezas en cabezas de ganado cabruno y de sus inmensas plantaciones de ñames, acepté la invitación y allí me presenté. Después del banquete en el que se hizo un derroche muy notable de carne de cabra, ñames y sobre todo de vino de palma y de otros licores importados, covocóse a todos los asistentes a la gran plaza del poblado. Allí un jefe de otro distrito dirigió la palabra a aquella inumerable muchedumbre. Entre otras muchas cosas que dijo fue lamentarse de los estragos causados en las plantacuiones de ñames por un horroroso tornado habido fuera de tiempo. Indicó que el tal tornado era una señal manifiesta de enojo e indignación de los espíritus de los antepasados contra algún quebrantador de la ley bubi y mofador de sus veneradas costumbres. Añadió que se había consultado al espíritu protector del poblado cuál fuese la causa de la maléfica venida del tornado, y que el espíritu respondió que la causa fue el haber un individuo del pueblo hecho sonar una campanilla sin oportunidad de tiempo y lugar. Averiguóse después que el causante de tan enorme crímen y de tan graves daños era uno que se llamaba Boro y que por tanto se le imponía una multa de diez cabras. Por este hecho claramente se ve la astucia y arbitrariedad con que se castigaban y multaban a sus súbitditos la mayoría de botuku y como abusaban siempre de los pobres, débiles e infelices.Porque ninguna relación hay entre el sonido de una campanilla y la venida del tornado, y a pesar de la sin razón de la injusticia, el pobre Boro, que vivía aislado de los demás, sin mujer ni otra compañía humana, hubo de entregar las diez cabras, las únicas que tenía, para que los batuku celebrasen un espléndido festín a la salud de los miserables e infelices del distrito.
Pasado el siome encontréme con el aludido mochuku, que todavía vive y con quien tenía bastante intimidad y preguntéle que tal les habían sabido las diez cabras de la multa. Echose a reir por toda respuesta. Hícele ver cuan injusta era aquella pena o multa. Ya lo veo, contestóme, pero así obraban nuestros padres, y yo no puedo obrar de otro modo.
Cuando el jefe se encariñaba y enamoraba de alguna joven soltera, enviaba a la Uri acompañada de Boboso con una calabaza de vino de palma, dejándola colgada en la puerta de la vivienda de la doncella, se volvían. Al siguiente día, los padres o tutores de la muchacha estaban obligados a llevarla al rijata del botuku y esto aunque la doncella fuera eòtó, es decir, tuviera hecho esponsales de otro, hollando los derechos sagrados del recato, honestidad y justicia.
Si la doncella se negaba a cohabitar con él y resistía a los continuos halagos y caricias, venían los medios violentos estruprándola brutalmente. A esto llamaban el derecho a la virginidad de las doncellas. Una vez corrompida y estrupada la dejaban ir libremente a su casa. Si la doncella correspondía a los halagos y se prestaba a cohabitar con el botuku entonces pasaba a ocupar en el rijata el puesto de Barenna o Erere, o sea de preferida y más querida.
Esta costumbre no era general de toda la isla, sino únicamente de los distritos del Norte y dejó de existir en 1909.
Un botuku de uno de los distritos bubis cercanos a Santa Isabel violó a viva fuerza a una joven eòtó, presentóse ella luego a su futuro esposo, que era muchacho ya instruido y hablaba español, y a grandes llantos y gritos, que indicaban su rabia y desesperación, manifestóle la violencia cometida por el botuku en su persona. El joven, considerando su imposibilidad de vengarse del jefe, delató el crimen a la autoridad española pidiendo justicia por aquel brutal atropello. La autoridad mandó comparecer al criminal, que se presentó acompañado de algunos notables de su distrito. Interrogado, respondió que él simplemente había hecho uso de su privilegio inherente a su dignidad de botuku y legado de sus mayores. El Gobierno le hizo ver que no era derecho alguno, sino despotismo y abuso de la autoridad y dignidad de que se hallaba investido, y le advirtió que no se repìtiera pues en el caso de reincidencia sería rigurosamente castigado.
Esto no obstante en 1911, otro Caso parecido acaeció en un pueblo del Norte, aunque bastante más lejano de Santa isabel. Sucedió que el primogénito del botuku principal, forzó a una doncella, esta dio aviso a su propia madre del atropello y violencia padecida, la cual como muy natural acudió en demanda de justicia al propio padre del estrupador. El jefe desoyó la reclamación de la injuriada madre y en tan apurado trance se presentó al inmediato subalterno, el cual llamó a su vez a los primeros batuku de los distritos inmediatos. Reunidos estos en la casa del subalterno llamaron al violador y a su padre. Ambos rehusaron presentarse y comparecer ante aquel tribunal, alegando la ilegitimidad e incompetencia del mismo. Entonces la madre desesperada viendo cerradas las puertas a la justicia lloraba de rabia y deseos de venganza y arremetiendo furiosa contra su hija, porque fue débil en resistir a la violencia, la arrojó al suelo golpeándola terriblemente, hasta que yo mismo se la quité de las manos, de lo contrario la hubiera matado.
Barcelona a 29 julio 2011
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